Centro Estatal de Trasplantes del Estado de México

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Secretaría de Salud

Preguntas frecuentes

Significa tomar la decisión de donar tus órganos y /o tejidos después de la vida y sólo en circunstancias especiales en vida. Lo más importante es que cuando hayas tomado esta decisión lo platiques con tu familia para que ellos la respeten y sean tus portavoces al momento del fallecimiento. En caso de que quieras cambiar de decisión, lo puedes hacer en cualquier momento y nuevamente sólo se lo deberás comentar a tu familia.

En vida: Hombres y mujeres entre 18 y 60 años (aunque puede haber donadores de más de 60 años, que se encuentren en buen estado de salud y sean aceptados). En este caso deben tener parentesco por consanguinidad (padres, hijos, abuelos), afinidad (estar unidos por matrimonio o concubinato) o civil (adoptado y adoptante).

Después de la vida: se consideran donadores a las personas de entre 2 meses de edad y más de 90 años, y la donación dependerá de la valoración que realicen los médicos y las causas de la muerte. Si la muerte es producto de un paro cardiorrespiratorio, únicamente se podrán donar tejidos, y si se presenta muerte cerebral, se podrán donar tanto órganos como tejidos.

La Ley General de Salud, establece que:

  • No se podrán tomar órganos y tejidos para trasplantes de menores de edad vivos, excepto cuando se trate de trasplante de médula ósea, para lo cual se requerirá el consentimiento expreso de los padres.
  • Tratándose de menores que han perdido la vida, sólo se podrán tomar sus órganos y tejidos para trasplante con el consentimiento de los representantes legales.
  • En el caso de incapaces mentales y otras personas sujetas a interdicción, no podrá disponerse de sus componentes, ni en vida ni después de su muerte.
  • Las mujeres embarazadas en vida podrán donar sólo en caso de que el receptor estuviere en peligro de muerte y siempre que no implique riesgo para la madre ni para el producto de la concepción.
  • En términos médicos actualmente son pocas las contraindicaciones absolutas para la donación: Infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), o algún otro virus activo.
  • Deterioro severo de las condiciones de salud, infección por virus o bacteria, tumores malignos, entre otros.

En todos los Hospitales del país que cuenten con Licencia Sanitaria Activa con fines de trasplantes, la cual es autorizada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

Si se pierde la vida por Paro Cardiaco puede donar tejidos como: hueso, piel, córneas, tendones, válvulas cardiacas, cartílago y vasos sanguíneos, arteriales y venosos.
Si se pierde la vida por Muerte Cerebral se puede donar: corazón, pulmón, hígado, riñones, intestino, páncreas y los tejidos mencionados anteriormente.

No es necesario. Los estudios se realizan hasta el momento de hacer efectiva la donación. Si una persona requiere de un órgano ¿Qué se debe hacer? El paciente tendrá que ser diagnosticado previamente y deberá ser ingresado a la lista de espera en la institución la cual deberá de contar con el programa de trasplante al que se refiere.

Para realizar donaciones entre vivos, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
  • Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales, estar sano y ser compatible con la persona que va a recibir el órgano;
  • Recibir del médico que va a realizar el trasplante, información sobre los riesgos de la donación;
  • Otorgar el consentimiento por escrito, tener parentesco por consanguinidad (padres, hermanos, abuelos, primos), por afinidad (estar unidos por matrimonio o concubinato) o civil (entre adoptado o adoptante) o en su caso, ser un donador vivo no relacionado (no afinidad consanguínea).

Se puede donar un riñón, segmento de hígado y médula ósea. En el caso de los menores, sólo pueden donar médula ósea (siempre bajo el consentimiento de los padres).

Esta actividad se agrupa en 4 grandes rubros:
  • Informarte y aclarar todas tus dudas respecto a la donación.
  • Estar convencido de que “DONAR” es un acto altruista de buena voluntad y que puedes dar vida a otras personas.
  • Platicarlo con tus familiares más cercanos (padres, esposa (o), hijos, tutor o hermanos) y manifestarles tu decisión, ya que en caso de muerte, éstos son los disponentes secundarios, es decir, quienes toman la última decisión.
  • Cada vez que puedas, o se presente el momento, reitera tu deseo de donar a las personas con quienes convives y transmite la información que ya tienes.

Existen criterios médicos y legales previamente establecidos y reconocidos a nivel mundial, donde se indica la realización de estudios médicos que comprueben la falta de actividad cerebral, es decir, se compruebe la ausencia total e irreversible de todas las funciones cerebrales, esto ocurre cuando el tallo y la corteza cerebral están destruidos, lo que produce la muerte del cerebro y no hay forma de devolverlo a la vida. Hasta que no se determine mediante los estudios que existe muerte cerebral, no se solicita la donación, lo que garantiza que no sea confundida con un coma, donde todavía hay actividad cerebral.

Si, siempre y cuando sea compatible en todos los criterios médicos y legales requeridos. Para mayor información, puedes llamar al teléfono 5631 – 1499, extensión 1201.
¿Existe alguna seguridad de que la donación de órganos y tejidos siempre será aprovechada? No, porque el asegurar que los órganos lleguen en condiciones óptimas al receptor, depende de múltiples factores. Antes de extraer los órganos y tejidos, se verificará si existe un receptor compatible con el posible donador. Si las circunstancias son favorables, su deseo de donar órganos y tejidos para beneficiar a otras personas, será realizado.

A partir del diagnóstico de muerte cerebral, entre 6 y 24 horas, y en circunstancias especiales, donaciones multiorgánicas o casos médico legales, hasta 48 horas.

En el proceso de obtención de órganos, la intervención quirúrgica cumple todos los requerimientos de una cirugía de la más alta complejidad y riesgo. El especialista realiza incisiones poco visibles, dejando debidamente suturado el cuerpo que es tratado con dignidad y respeto tal como lo establece la Ley General de Salud en el Artículo 346.

No, los gastos del funeral son responsabilidad de la familia, así como otros gastos no relacionados con la donación.

La familia tiene el derecho de decidir, por eso es muy importante que platiques con tus familiares respecto a tu deseo de donar órganos y tejidos después de la vida, lo que facilitará que respeten tu voluntad.

Tú tienes el derecho de decidir “no donar”, pero si no lo has comentado y no existe ningún documento legal que garantice el cumplimiento de tu voluntad, la familia tiene el derecho de decidir lo contrario. Por eso es muy importante que platiques con tus familiares respecto a tu deseo de donar órganos después de la vida, lo que facilitará que respeten tu voluntad.

No hay límite de edad, siempre y cuando los órganos y tejidos se encuentren sanos.

La tarjeta de donador es una forma de expresar tu voluntad de donar y te identifica como donador, sin embargo, al momento del fallecimiento siempre se le pedirá la autorización a tu familia, por lo que es importante que platiques con ellos.

En esas circunstancias el médico determinará si es viable donar, considerando algunos factores de riesgo, como la presencia de algunas enfermedades.

La procuración y el trasplante generan costos variables dependiendo del tipo de órgano o tejido de que se trate y de la institución en la que se realicen los procedimientos.
Si necesitas información específica acerca de los costos, es recomendable consultar al médico que te atiende.

Para obtener mayor información, puedes llamar a los teléfonos (722) 2127507, 8005053543.
También puedes acudir al Centro Estatal de Trasplantes del Estado de México, ubicado en: Pablo Sidar No. 602 Col. Universidad, Toluca Estado de México, C.P. 50130.